NUEVO DECRETO 487/2022 EN PREVECIÓN DE LEGIONELOSIS

Ya está aquí. El 22 de Junio de 2022 se publica en el BOE el nuevo decreto 487/2022 por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y control de la legionelosis. Su entrada en vigor se ha producido con fecha de 2 de enero de 2023. Hay algunos cambios sustanciales en cuanto operativa, frecuencias o procedimientos. El año 2022 será un año de adaptación del nuevo reglamento con la finalidad de que en enero del año 2024 todas las empresas y titulares procedan con el mismo criterio. Por ello será este un año interesante de unificación de criterios y trabajo conjunto de los titulares de las instalaciones, empresas externas y autoridades sanitarias.

Uno de los aspectos más significativos de este nuevo decreto es la eliminación de la categoría de instalaciones de alto o bajo riesgo de proliferación de legionelosis ya que todas ellas contarán con sus correspondientes procedimientos y el riesgo estará basado en una evaluación previa o estudio del mismo que en cada caso nos llevará a tomar medidas preventivas o correctoras oportunas. Otros aspectos como la toma de muestras, medidas de nuevos parámetros del agua, requisitos formativos o la aparición de los denominados planes sanitarios alternativos a los planes de prevención y control de legionelosis son cambios relevantes que nos trae este nuevo decreto. A fecha de hoy 10/02/2023, están por conocer las notas aclaratorias de cada comunidad autónoma a tener en cuenta para el cumplimiento del Real Decreto 487/2022.